Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en uso de sus atribuciones legales conferidas en el artículo 177 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, Parágrafo Primero, y competente para conocer sobre el presente asunto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la Demanda de Divorcio, incoada por la ciudadana, YONAIDE AMERICA SOTO DELGADO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 11.736.745, en contra del Ciudadano JURI ANGEL KURG ESCORCHE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 12.684.221, con domicilio en el Conjunto Residencial Mochima, Apartamento E-3-3, del nivel 3 de la torre "E", UBICADO EN LA Urbanización EL Maguey, en la ciudad de Puerto la .....