Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA por aplicación de Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad al imputado JOSÉ ANTONIO ROJAS, quien es Venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 14.601.076, natural de Santa Cruz de Unare, Estado Guárico, fecha de nacimiento 22/10/1974, de 29 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de los ciudadanos Isaías Rojas (v) y de Florencio Yánez, residenciado en Calle Principal, Casa s/n, Barrio Loco, El Chaparro, Estado Anzoátegui, ordenándose su inmediata libertad. Líbrese lo conducente. El Procedimiento a seguir es el Ordinario.