éste Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui administrativo justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la solicitud por ENTREGA MATERIAL presentada por el abogado IVAN JOSE IBARRA RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 36.412, actuando en nombre y representación del ciudadano OTILIO BRICEÑO ESQUIVEL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-2.776.583 y de este domicilio, antes identificado.-
Regístrese, publíquese y Déjese copia de la presente decisión.-
Dado, firmado y sellado en la sala de despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Barcelona, a los treinta y uno (31) días del mes de enero del 2008.- Años 197° de la independencia y 148° de la Federación.
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