Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDAS CAUTELARES SUTITTUTIVAS DE LIBERTAD A LOS IMPUTADOS: DOUGLAS ALEXANDER RAMOS BARRIOS, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 18.278.373, natural de Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, donde nació el día 13-08-80, de 27 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de los ciudadanos Raiza Ramos y Luis Barrios, residenciado en Calle San Luís Casa N° 12, sector Colinas de Valla Verde, y GREGORY ALEXANDER BARRIOS, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 20.052.194, natural de Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, donde nació el día 30-07-89, de 18 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Ayudante de carpintería, hijo de los ciudadanos Patricia Barrios y Ali campos, residenciado en Coli.....