Por las razones expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, formulada por los ciudadanos FELIPE ARGENIS LARA GARCIA y FRANCIA JOSEFINA MARCANO DE LARA, ambos plenamente identificados en los autos, y en consecuencia declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, celebrado en fecha VEINTISIETE DE DICIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE ( 27 de Diciembre de 1.979), por ante la Prefectura del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui,.-