Concluida la evacuación de las pruebas testimoniales, y la revisión de las documentales, esta Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, en consecuencia cuerda: PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por el ciudadano ORLANDO RAFAEL ANDARCIA VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.855.316 y domiciliado en la Ciudad de Puerto la Cruz, del Estado Anzoátegui. SEGUNDO: DECRETAR como HEREDEROS UNIVERSALES de la ciudadana ARONA HILIGNA DE LA CONCEPCION RODRIGUEZ RODRIGUEZ, fallecido ab-intestado en fecha 02/11/2010, quien fuera portador de la Cédula de Identidad Nº V-10.293.757; a su esposo el Ciudadano ORLANDO RAFAEL ANDARCIA VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, titular de la C.....