SE HOMOLOGA el desistimiento de la acción y del procedimiento formulado por los ciudadanos ROSARIO DE LOURDES RIVERO RUIZ y LUIS ALFREDO GARCIA GORDONES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Números V- V-9.283.861 y V-9.896.921 domiciliados en la ciudad de Barcelona, Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui, Abogados en Ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Números 133.911 y 53.499, respectivamente, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales de la Sociedad Mercantil BANCO PROVINCIAL, S.A., BANCO UNIVERSAL, domiciliado en Caracas, originalmente inscrito ante el Registro de Comercio llevado por el entonces Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal, el día 30 de Septiembre de 1.952, anotado bajo el Nº 488, Tomo 2-B, transformado en Banco Universal, según Documento inscrito por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy Distrito Capital) y Estado Miranda, el día.....