Es por lo anteriormente expuesto que este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede El Tigre, en uso de sus atribuciones legales y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA, de conformidad con los artículos 125, 126, literal "I", 128 y 466, parágrafo Primero literal E, ejusdem, DECRETA DE MANERA PROVISIONAL LA COLOCACION, a favor del niño ..... hijo de los ciudadanos JEFFREY ANTONIO CHAVEZ GUAIMARATA y MADILIA JOSEFINA QUEVEDO FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 18.121.082 y 22.074.387, la cual se va ejecutar en el hogar de abuela paterna, ciudadana CLARA MATILDE GUAIMARATA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº 8.966.991, residenciada en calle1, Nª a-18, sector San Francisco de Asís, El Tigre, Estado Anzoategui, Telf.: 0414/1985403.....