este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con sede El Tigre, Administrando Justicia en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PROCEDENTE EN DERECHO EL COBRO DE HONORARIOS PROFESIONALES intentado por la ciudadana LINA VICTORINA HERBERT, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 3.239.502, de profesión Abogado, inscrita en el IPSA bajo el Nº 14.566, en contra del ciudadano EDGAR JOSE DURAN PIRELA, por las actuaciones judiciales efectuadas en el Juicio por Cobro de Diferencias de Prestaciones Sociales, intentado por el mencionado ciudadano, contra la Empresa JUSTISS DRILLING DE VENEZUELA, S.A., en donde la mencionada profesional del derecho actuó como Apoderada Judicial del Actor, tal como se evidencia de Instrumento Poder que en copia debidamente certificada corre inserto al folio diecinueve (19) y veinte (20) del Expediente