Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley declara: SIN LUGAR el recurso de apelación, interpuesto por la Abogada MARIA VICTORIA HEREDIA, en su carácter de Defensor Público Décima Primera Penal, del ciudadano DIONIS LEONCIO BLANCA GONTO C.I. 12.913.420, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 30 de marzo de 1977, de 36 años, de estado civil concubino, de profesión u oficio albañil, hijo de los ciudadanos Leoncio Blanco y Carmen Elena Gonto, residenciado en Calle Vásquez, H 19, Chuparin Arriba, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, contra la decisión dictada en fecha 12 de enero de 2013, por el Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control Nº 02 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadan.....