esta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, y a tenor de lo establecido en el artículo 477 citado ut supra de la Ley especial, DECLARA: PRIMERO: TERMINADO el PROCEDIMIENTO, incoado por el ciudadano OMAR JOSE ROBLES BRITO, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-5.192.755, domiciliado en la Calle 6, Sector VI, Urbanización Boyacá V, Barcelona, Estado Anzoátegui, Abogado en ejercicio inscrito en el IPSA bajo el Nº 95.483, teléfonos: 0426-5812490, correo electrónico: omarobles@gmail.com en contra de la ciudadana GEOMELIS DIOMILINA CARRIZALES RENGEL, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-6.921.456, domiciliada en Residencias Villa Caribe, Edificio "D", Planta Baja Nº 42-B, Sector Nueva Barcelona, (Cerca del Puente de Hierro), Avenid.....