REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, tres de octubre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : BP02-S-2005-002888
Vista la diligencia de fecha 28/09/2006, suscrita por la Fiscal Undécima del Ministerio Público, Abogada CARMEN ALVIAREZ, el contenido de la misma; en consecuencia éste Tribunal de Protección dle Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N°.02, ACUERDA declarar definitivamente firme la anterior sentencia dictada por este Tribunal en fecha 03-08-2006, en consecuencia ORDENA que la ciudadana OLGA JOSEFINA SOLORZANO DE GONZALEZ, identificada en autos, dé cumplimiento voluntario a la sentencia dictada por éste Tribunal, por lo que se le concede un lapso de cinco (05) días de Despacho siguiente al presente auto, de conformidad con lo establecido en el Articulo 524 del Código de Procedimiento Civil. Se le advierte a la parte demandando que de no cumplir con lo anteriormente ordenado, el Tribunal procederá a la ejecución forzada de la referida decisión, de conformidad con el Articulo 526, EJUSDEM. Cúmplase. Cúmplase.
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL N°.02.
DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
AJD /Mary C.-