N° DE EXPEDIENTE: BP12-L-2024-000088
PARTE ACTORA: VICTOR ANTONIO SANTORO LOPRIARE RUVER
APODERADO DEL ACCIONANTE: Abg. HERNAN JOSE SOSA TORRES
ENTIDAD DE TRABAJO: PANTHER CORPORATION, C.A., RIF. J-30681097-8
APODERADO DE LA ENTIDAD DE TRABAJO: Abg. YARISMA LOZADA y LUISA SALAZAR
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES
DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO (Art. 130 LOPTRA)
A las 10:48 a.m. del día de hábil de hoy, 23 de Mayo de 2025, siendo la oportunidad previamente fijada para la prolongación de la audiencia preliminar, en la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, que intentó el accionante ciudadano VICTOR ANTONIO SANTORO LOPRIARE RUVER, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.730.155; contra las entidad de trabajo PANTHER CORPORATION, C.A., RIF. J-30681097-8. Se deja constancia que ÚNICAMENTE compareció la representación judicial de la entidad de trabajo PANTHER CORPORATION, C.A., su coapoderada abogada en ejercicio YARISMA LOZADA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 29.610, representación que se evidencia en autos. De igual forma, este tribunal deja constancia, que la representación judicial del ACTOR, no compareció ni por si ni por medio de apoderado alguno, a pesar del llamado del Alguacil del Tribunal en las puertas del Circuito Laboral, a la hora fijada, es decir a las 10:30 a.m, y tres llamados sucesivos en intervalos de cinco (5) minutos cada uno, hasta las 10:45 am, como último llamado; por lo que, de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. El tribunal expide un (1) ejemplar adicional a la parte compareciente. Año 215º y 166º
Jueza,
Abg. MARINÉS SULBARÁN MILLÁN.
Por la demandada,
SECRETARÍO,
ABG. JOHAN GABRIEL REYES BRITO
En la misma fecha se dictó la sentencia en forma oral, se publicó a las 10:55 a.m. y se registró en el copiador respectivo. Conste. SECRETARÍO,
CSDTPVVJGHAMP
MSM/JGRB/msm
BP12-L-2024-000088
|