REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolivar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción
Judicial del Edo. Anzoátegui
Barcelona, 18 de noviembre de 2025
215° y 166°
ASUNTO N°: BP02-S-2025-007295
Recibido la presente solicitud contentiva de DIVORCIO 185 EN CORCONDANCIA CON SENTENCIA N° 1070/2016, DE FECHA 09/12/2016, DICTADA POR LA SALA CONSTITUCIONAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA presentado por la ciudadana MIRIAN NOEMI DIAZ DE HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.688.164, asistido por la Defensora Publica GENESIS ARREAZA ACOSTA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 312.822, en contra del ciudadano FREDY LUIS HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.007.346.
Ahora bien, vista la diligencia de fecha 12 de noviembre de 2025, presentada por la ciudadana MIRIAN NOEMI DIAZ DE HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.688.164, asistida por el abogado en ejercicio RONNY SALAZAR GIL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 175.016, a través de la cual DESISTIÓ del presente procedimiento.
En tal sentido, este Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado en consecuencia HOMOLOGA el DESISTIMIENTO en los mismos términos y condiciones suscritos por el solicitante, otorgándosele el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.-
expediente Asimismo se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del
Asi se decide en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
De conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, déjese en este Tribunal copia certificada de esta decisión.
Publiquese, regístrese, incluso en la página Web oficial del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve; y agréguese a los autos.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción del Estado Anzoátegui, en Barcelona, a los dieciocho (18) dias del mes de noviembre de dos mil veinticinco (2025) Años: 215º de la Independencia y 166º de la Federación.
La Juer Suplente, Abg FAVIOLA CABELLO
La Secretaria Acc
Abg. AXA SALAZAR BOYER
En la misma fecha, siendo las tres y diez de la tarde Ley, se dictó y publicó la sentencia anterior Conste. (03:10 p.m), previo el anuncio de
La Secretaria Acpc. Abg AIXA SALAZAR BOYER
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