Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Se DECRETA MEDIDA CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD a favor de los ciudadanos JOHAN MANUEL MARAY, quién es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 22.570.240, natural del Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 01-04-1983, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, hijo de: OSWALDO SALAZAR y CAREN SORAIDA MARAY, residenciado en el calle Democracia, casa N° 27 Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui y GABRIEL GERARDO CAÑATE MARTINEZ, quién es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-12.406.041, natural de Maracaibo, Estado Zulia, donde nació en fecha 17/08/1975, de 32 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, hijo de: JORGE CAÑATE y de LILIA DE CAÑATE, residenciado en: el .....