En consecuencia este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, sede Barcelona, de todo lo antes expuesto por las partes y acuerda; PRIMERO: Declarar Con Lugar, la SOLICITUD DE EJERCICIO UNILATERAL DE LA PATRIA POTESTAD, presentado por la ciudadana KATHERINE ESTEFANIA DE ARMAS GUARIRAPA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-24.231.916, debidamente asistida en este acto por la abogada en ejercicio NOELIA QUIARO, inscrita en el IPSA bajo en número 95.431, en donde se encuentra involucrada la niña (Se Omite de Conformidad con el artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y 65 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , actualmente de dos (02) años de edad, nacida en fecha 12/12/2021, hija del ciudadano JAIRO JESUS COLMENARES TOVAR, venezolano.....