Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Aragua, Sir Arthur Mc Gregor y Santa Ana de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, presentada por los ciudadanos: MANUEL RAFAEL VALLEJO PLAZZOLA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V- 5.556.315, teléfono móvil 0414-841.09.32, correo electrónico mrvallejoplazola@gmail.com y ALICIA MARIANA FEMAYOR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V- 8.472.698, teléfono móvil 0414-837.82.15, correo electrónico femayoralicia@gmail.com, el primero domiciliado en la Calle Libertad, casa N° 88, y la segunda domiciliada en la vereda N° 10, Sector Zoila Lander, casa N° 07, ambos en la población de Aragua de Barcelona, Municipio Aragua del Estado A.....