DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y los fundamentos de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Aragua, Sir Arthur Mc Gregor y Santa Ana de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana De Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: con lugar, la Solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, presentada por el ciudadano: ADEL JOSÉ RONDÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.526.869, número telefónico: 0414-7971304, correo electrónico: adeljoserondon@gmail.com, domiciliado en la calle Carabobo, casa s/n, sector Matadero Viejo, de la población de El Chaparro, municipio Mac Gregor, estado Anzoátegui, debidamente asistido por la abogada MILAGRO SUCRE, Defensora Pública Integral de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 135.106, en contra de la ciudadana: MARÍA CECILIA FLO.....