este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, en uso de sus Atribuciones Legales conferidas en el Artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y por Autoridad de la Ley, DECLARA las presentes actuaciones bastante para asegurarles a los ciudadanos ANA MERCEDES GONZALEZ, CARLOS LUIS, JOSE MIGUEL, RAFAEL OVIDIO, ALBERTO ANTPNIO, LUZ MARINA, VARINIA DEL VALLE, ALFONZO EDUARDO, BEATRIZ MILGROS, GABRIEL ERNESTO, MARIA AUXILIADORA, PATRICIA ELENA, SIVIA ROMINA, PEDRO LEON GUEVARA JURADO y (Se omite el nombre de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), esposa e hijos su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL DE CUJUS, quedando a salvo los derechos de terceros.- Devuélvanse estas actuaciones originales a los interesados.- Déjese copia en el libr.....