Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Aragua, Sir Arthur Mc Gregor y Santa Ana de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, con competencia en materia de Jurisdicción voluntaria de conformidad con el artículo 3 de la Resolución N° 2009-0006, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 18 de Marzo de 2.009, publicada en Gaceta Oficial N° 39.152, de fecha 02 de Abril de 2.009, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil Vigente, acogiendo el criterio doctrinal y jurisprudencial de las sentencias Nros. 693, de fecha 2 de junio de 2.015 (Exp. 12-1163) y 1710, de fecha 18 de Diciembre de 2.015 (Exp. N° 15-1085), dictadas por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, presen.....