Decisiones del dia 07/06/2006
N� Expediente :
BP12-S-2006-001063
N� Sentencia :
BP12-S-2006-001063
Fecha: 07/06/2006
Procedimiento: Titulo Supletorio
Partes: ENDER JOSE ROJAS BRACHO E YRIS MARGARITA PRADO DE ROJAS
Resumen:
Por las razones expuestas este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por la autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio, formulada por los ciudadanos: : ENDER JOSE ROJAS BRACHO e YRIS MARGARITA PRADO DE ROJAS venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nº: V-16.263.982 y 11.656.393, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistidos por el abogado ARTURO PINZÒN, abogado en ejercicio, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 34.714, ambos identificados y en consecuencia declara disuelto el vinculo matrimonial que los une, fecha 05 de agosto de 2000, por ante la Prefectura del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, hoy Registro Civil de la Alcaldía del municipio Simón Rodríguez del estado Anzoátegui, y así se decide-.
Juez/Ponente:
Ana Del Cioppo
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
N� Expediente :
BP12-S-2006-000856
N� Sentencia :
BP12-S-2006-000856
Fecha: 07/06/2006
Procedimiento: Divorcio (Artículo 185 - A Del Código Civil)
Partes: PETRONILA DEL CARMEN QUIJADA GOMEZ Y MIGUEL ANGEL GUERRA RAMIREZ
Resumen:
Por las razones expuestas este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por la autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio, formulada por los ciudadanos: PETRONILA DEL CARMEN QUIJADA GOMEZ Y MIGUEL ANGEL GUERRA RAMIREZ, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nº: V-2.746.779 Y 4.504.516, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de El Tigre, Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, asistidos por la abogada NORMA EMPERATRIZ CABALLERO RENDÒN, abogado en ejercicio, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 36.520, ambos identificados y en consecuencia declara disuelto el vinculo matrimonial que los une, celebrado por ante la Prefectura del Municipio Simón Rodríguez del Estado Anzoátegui, insertada en el libro principal de matrimonios Nº 01, del año 1.974, llevado por el Registro del Estado Civil de la Alcaldía del mismo municipio y estado, en fecha en fecha 08 de agosto de 1.974, y así se decide
Juez/Ponente:
Ana Del Cioppo
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
N� Expediente :
BP12-V-2005-000393
N� Sentencia :
BP12-V-2005-000393
Fecha: 07/06/2006
Procedimiento: Intimación De Honorarios Profesionales
Partes: PARTE DEMANDANTE: JOSE GREGORIO TINEO/ PARTE DEMANDADA: TRINO JUVENAL PEREZ SOLANO/
Resumen:
Ahora bien, la confesión ficta opera cuando el demandado no da contestación a la demanda en la oportunidad procesal correspondiente, si nada probare que le favorezca y siempre que la petición del demandante no sea contraria a derecho, elementos que concurren en el presente caso, ya que el demandado no diò contestación a la demanda en tiempo oportuno, nada probó que lo favoreciera y la petición del demandante està consagrada en la Ley de Abogado, por lo que a criterio de quien aquì decide, en el presente caso operó la confesión ficta y asì se declara.-
Por los razonamientos antes expuestos, se hace innecesario el análisis del escrito presentado en fecha 02-06-2006, por ser el mismo extemporáneo por tardío.-
Por las razones expuestas este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, incoada por el abogado JOSE GREGORIO TINEO, actuando en su propio no.....
Juez/Ponente:
Ana Del Cioppo
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito