Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Aragua, Sir Arthur Mc Gregor y Santa Ana de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, presentada por los ciudadanos: ANAIRY DEL VALLE FIGUERA MALAVE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V- 25.572.300, teléfono con Whats App 0424-844.71.94, correo electrónico: anafiguera1408@gmail.com y HECTOR JOSE ROJAS TORO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V- 25.058.289, teléfono con Whats App 0416-320.96.36, correo electrónico lismadiaz@hotmail.com, ambos domiciliados en la Calle La Antena, Sector Tanque de Agua, Aragua de Barcelona, Municipio Aragua del Estado Anzoátegui, asistidos en este acto por el abogado en ejercicio JOSE CELESTINO MACHUCA CEDE.....