Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Aragua, Sir Arthur Mc Gregor y Santa Ana de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, presentada por los ciudadanos: CESAR RAFAEL ANTOIMA GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V- 21.068.918, teléfono celular con Whats App 0412–697.72.43, correo electrónico: cesarantoima21@gmail.com y ANGELY MERCEDES BOETT BENITEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V– 24.609.698, teléfono celular con Whats App 0412-182.31.79, correo electrónico: boettbenitez19@gmail.com, ambos domiciliados en la Calle Sucre, casa s/n., de Aragua de Barcelona, Municipio Aragua del Estado Anzoátegui, asistidos por la abogada en ejercicio MARIA DE LOURDES PEREZ SILVA,.....