SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho. Cítese por medio de boleta a la ciudadana KATIUSKA ISABEL MILLAN MARVAL, mayor de edad, venezolana, titular de la cedula de Identidad N° 8.344.961, domiciliada en la Calle 8, Cuarta Etapa, Urbanización La Colina, casa 34-02, Sector El Rincón, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, para que comparezca al tercer (3er) día de despacho siguiente, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), por ante esta Sala de Juicio N° 01 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, a los fines de dar contestación a la solicitud de Revisión de la Obligación Alimentaría. Con la advertencia que el día de la comparecencia la Juez intentará una conciliación entre las partes, a las nueve de la mañana (9:00 a.m.), y de no lograrse la misma, procederá a oír todas las excepciones y defensas cualquiera fuese su naturaleza, las cuales resolverá en sentencia definitiva, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 516 de la Ley Orgánica para la P.....