Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana, DECRETA SIN LUGAR LA ORDEN DE APREHENSION, solicitada por el DR. VON RICHELMAN RUIZ RAMOS, actuando en su condición de Fiscal Sexto (Encargado) del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui; en contra del ciudadano LEONEL JOSE GARCIA CUMANA, venezolano, nacido en fecha 18-11-1983, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad numero V-17.732.997, soltero, residenciado en la calle El Junquito, casa sin numero, Pozuelos, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, por el por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el numeral 1° del artículo 406 del Código Penal Venezolano, cometido en perjuicio de quien en vida respondía al nombre de JULIO CESAR SLAVERRIA FRANCO; todo de conformidad con lo establecido en el.....