Por las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO realizado en la presente Solicitud de DIVORCIO fundamentada en el artículo 185 del Código Civil en concordancia con la Sentencia 1070 de fecha 09 de diciembre 2016 emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, interpuesta por la Ciudadana ZULEYMA JOSEFINA PERALES DE GUZMAN, venezolana, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad N° V-8.333.513, debidamente asistida por la Ciudadana NOHIRALYS ALCALA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.262.013, abogada, Defensora Publica Primera con competencia en Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción.....