´III
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SIMON RODRIGUEZ Y SAN JOSÉ DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, formulado por la ciudadana MEYRA DEL VALLE DUERTO ARREZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: V-11.729.758, en relación a su conyugue ciudadano PABLO EMILIO PULIDO MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.855.019, y en consecuencia declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, celebrado en fecha treinta y uno (31) de Agosto del año dos mil dieciocho (2018), por ante el Registro Civil del Municipio Independencia, parroquia Soledad, del Estado Anzoátegui. Agotada como se encuentra la presente vía de jurisdicción voluntaria, se acuerda de oficio.....