Con fundamento a las consideraciones de hecho y derecho ut supra referidas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante MARCOS ENRIQUE FERRER MEDINA quien en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-4.746.916, fallecido en fecha trece (13) de septiembre del año 2026, conforme se evidencia en copia certificada en el acta de defunción No. 1253, emitida de la Oficina de Registro Civil de la parroquia Cristo de Aranza del municipio Maracaibo del estado Zulia, consignada junto a la solicitud, a los ciudadanos JHONATHAN JOSE FERRER RONDON y LUZ MARINA RONDON DE FERRER, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. 23.445.513 y 9.026.98.....