Por las consideraciones que anteceden, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR, el recurso de apelación planteado por el abogado en ejercicio RAUL GONZALEZ OJEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.941.232, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 94.322, actuando como apoderado judicial de los ciudadanos DOUGLAS RAFAEL HERNANDEZ MONASTERIO y WLADIMAR DEL VALLE HERNANDEZ DE GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-3.673.274, y N° V-13.317.463, según consta en Poder Apud Acta de fecha 07 de marzo de 2025, en el expediente N° BP02-V-2025-005007, en contra de la sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Jud.....