Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Control de esta Circunscripción Judicial , administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite el siguiente pronunciamiento: DECRETA NULA la celebración de la audiencia pautada en el 313 del Código Orgánico Procesal Penal la cual fue efectuada el 14 de diciembre de 2004, todo ello de conformidad al artículo 190 ejusdem por haberse inobservado la citada norma 313 al no haberse escuchado al imputado JOSÉ RAFAEL GUTIÉRREZ.
Publíquese, regístrese y notifíquese lo conducente a la vindicta pública, defensa y líbrese el oficio ordenado en la parte motiva de la presente decisión.