Decisiones del dia 01/03/2007
N° Expediente :
BP12-S-2007-000551
N° Sentencia :
BP12-S-2007-000551
Fecha: 01/03/2007
Procedimiento: Solicitud De Titulo Supletorio
Partes: OLBEIDA JOSEFINA RODRIGUEZ
Resumen:
Por las razones expuestas este Tribunal Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud formulada por la ciudadana: OLBEIDA JOSEFINA RODRIGUEZ, y ordena que el ciudadano; Registrador Civil del Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, estampe una nota marginal en el Acta de Nacimiento que cursa en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por ese Despacho durante el año 1.972, Acta signada con el N°: 327, en la que escriba correctamente, el nombre de la ciudadana OLBEIDA JOSEFINA RODRIGUEZ, y así: Donde dice ORVEIDA, debe decir OLBEIDA.- De conformidad con lo previsto en el Artículo 506 del Código Civil, se ordena participarle lo conducente al Registrador Civil del Municipio Guanipa y al Registrador Principal ambos del Estado Anzoátegui.-
Juez/Ponente:
Karellis Rojas Torres
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
N° Expediente :
bp12-v-2005-641
N° Sentencia :
BP12-V-2005-641
Fecha: 01/03/2007
Procedimiento: Resolucion De Contrato
Partes: PARTE DEMANDANTE: MIGUEL ALEJANDRO PEREZ CONCEPCION/APODERADO: HEBERTO CONTRERAS CUENCA Y LISETH RINCONES, ABOGADOS, INSCRITOS EN EL INPREABOGADO BAJO LOS NºS. 1.900 Y 84.991/PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL AUTOLEASING, C.A./DEFENSOR AD LITEM: JOSE QUAMI BRITO, ABOGADO, INSCRITO EN EL INPREABOGADO BAJO EL Nº 59.136
Resumen:
Ahora bien, constando de autos, que la Secretaria Accidental de este Despacho, no dio cumplimiento en sentido estricto a la disposición prevista en el artículo 223 antes citado, en el sentido de que procedió a fijar el cartel en la cartelera del Tribunal, y no en los sitios indicados en el supra señalado artículo 223, contraviniendo de esa forma una norma de eminente orden público, infringiendo de esa manera la Ley adjetiva, es por lo que resulta forzoso para quien aquí decide, reponer la causa al estado de que se proceda darle cabal cumplimiento a la citada disposición, es decir, que se proceda a la fijación del cartel de citación en la morada, oficina o negocio de la demandada, o en el lugar donde ésta haya funcionado, declarando en consecuencia la nulidad del acto de fecha 21 de abril de 2006, y todas las actuaciones ocurridas con posterioridad a la consignación en los autos de la publicación de los carteles de citación, y así se decide.-
Por las razonamientos antes expuestos, .....
Juez/Ponente:
Karellis Rojas Torres
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito