Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Con Lugar la Revisión de la Medida interpuesto por la Dra. MARIA VICTORIA HEREDIA, actuando en su condición de Defensora Pública Cuarta Penal del acusado JHON HENRY GONZALEZ SERRANO, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.670.396, quien se encuentra incurso en la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 458 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadana BETZAIDA AUXILIADORA CALDERON; de igual manera se le impone como Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad, las establecidas en el Articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, en sus Ordinales 3° y 4° que consiste en una presentación periódica cada Quince (15) días por ante la Oficina de Alguacilazgo y la prohibición de salida de esta Jurisdicción; y SEGUNDO: Líbrese oficio.....