Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 4 de esta circunscripción judicial, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ABSUELVE al acusado: LUIS CARLOS GONZALEZ GUERRA, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-13.318.705, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el 29 de Septiembre de 1974, de 33 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Mecánico, hijo de los ciudadanos Manuel González (v) e Iris de González (v), residenciado en el Callejón Betania, Casa N° 32, Barrio las Delicias, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, de la comisión del delito de USO DE DOCUMENTOS FALSOS ALTERADOS, tipificado en el articulo 322 del Código Penal, ante la ausencia de elementos de convicción que desvirtúen la presunción de inocencia del referido ciudadano, imponiéndose en este caso, la favorabilidad o aplicación del indubio pro re.....