Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Juicio Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR el petitorio de la DRABETZAIDA SANCHEZ OSTOS , en su condición de Fiscal Decimoséptima del Ministerio Público de este Estado, y en consecuencia declara el sobreseimiento definitivo en la causa seguida al acusado IDENTIDAD OMITIDA por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTOR, tipificado en los artículos 460 y 83 del Código Penal Vigente para el momento de los hechos en perjuicio del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, conforme lo indicado en los artículos 561 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y Adolescente en relación con los artículos 318.3 y 48.1 del Código Orgánico Procesal Penal aplicado por disposición expresa del articulo 537 de la Ley en comento. Y ASI SE DECIDE.
Regístrese y archivas.....