Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Segundo de primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara CON LUGAR, la presente pretensión de Simulación de Venta, incoada por la ciudadana Laura Beatriz Herrera Quijada, en contra de la sociedad mercantil J.J.Hallak Construcciones, C.A., domiciliada en Lechería, Municipio Turístico El Morro, Lic. Diego Bautista Urbaneja del estado Anzoátegui, constituida en fecha 31 de julio de 2007, e inscrita por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, bajo el N°. 49, Tomo A-74, representada por su presidente, ciudadano Jorge José Hallak Adrian, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 15.116.999, y domiciliado en Maturín, estado Monagas; en consecuencia se declara nulo e.....