Se dictó Sentencia Interlocutoria declarando CON LUGAR el RECURSO de APELACIÓN incoado en fecha 04 de marzo de 2008, por el profesional del derecho TEOBALDO CASTRO, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos LUIS JAVIER GONZALEZ MEDINA y MARIO JOSE GONZALEZ LA PAZ, contra el auto dictado en fecha 03 de marzo del año 2008 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui sede El Tigre, revocándose el auto apelado antes precisado y ordenándose al Tribunal a quo decretar la medida de secuestro solicitada sobre el inmueble sub-litis.