Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCION del ciudadano ADOLFO RAFAEL NAVARRO CARPIO, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-13.167.327, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, de 31 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio Obrero, hijo ADLFO AGUILERA (V) y GLORIA MARIA CARPIO (v), domiciliado en: CALLE DROZ BLANCO, CASA Nº 12, BARRIO UNION, PUERTO LA CRUZ, ESTADO ANOZATEGUI, todo de conformidad con los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ratificados en los artículos 1, 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, y no encontrándose cumplidos los extremos del articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, remítase la presente causa a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público en su oportunidad legal,.....