Por las razones expuestas y aplicando el criterio sostenido por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, legales citadas supra, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, se declara INCOMPETENTE, para continuar conociendo de la presente demanda de DAÑOS MORAL, DAÑOS EMERGENTES Y LUCRO CESANTE PROVENEINTES DE ACCIDENTE DE TRANSITO, en la cual se encuentran involucrados intereses de menores de edad, lo que se evidencia, de las actas de nacimiento que cursan a los folios 10,11 y 12 de este expediente, y en virtud de haber sido creado el Juzgado de Primera Instancia de Protección del niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, extensión El Tigre, se acuerda declinar la presente solicitud al prenombrado Juzgado.-