este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA la misma de conformidad con lo establecido en los Artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente. Es todo.
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
Dr. JOSE JESUS RAMIREZ GARCIA.
LA SECRETARIA ACC.,
Dra. JORGYMAR PUMAR DE PINEDA