Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta LIBERTAD SIN RESTRICCIÓN a favor del imputado EUCLIDES RAFAEL SANCHEZ ROJAS, Venezolano, natural del Tigre, Estado Anzoátegui, donde nació el día 02-07-1983, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 16.719.874, de estado civil soltero, hijo de los ciudadanos EUCLIDES SANCHEZ y GRISEIDA ROJAS, residenciado en: Calle Juncal, Edificio " Don Gigi", Piso 4, Apartamento 4-A, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, de conformidad con los artículos 49 y 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ratificados en los artículos 1, 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta la aplicación del Procedimiento Ordinario. Ofíciese lo conducente. Regístrese.