...este Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, se declara INCOMPETENTE para conocer del presente asunto. Así se decide.
Una vez expuestos los razonamientos de hecho y de derecho, y ante la existencia previa de un pronunciamiento judicial sobre incompetencia emitido por el juez contencioso administrativo, y la declaratoria igualmente de este Juzgado sobre su incompetencia para conocer de la acción ejercida, se plantea de oficio conflicto negativo de competencia; siendo además que éste involucra a órganos que integran, tanto a la jurisdicción contencioso administrativa como a la laboral, en atención a la referida normativa procesal, al derecho a la tutela judicial efectiva y a la celeridad procesal, resulta forzoso para este Tribunal remitir de manera inmediata las presentes actuaciones, a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 24 de la Ley Orgánica del Tribuna.....