Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Sin Lugar la Revisión de Medida interpuesto por los Dres. FREYA RODRIGUEZ DE LOPEZ y FORTUNATO HARRERA, en sus condiciones de Defensores de Confianza del acusado JOSE JUNIOR PEREIRA PEREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.530.850, en su orden, quien se encuentra privado de libertad por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el Artículo 5 en concordancia con las agravantes de los numerales 1, 2 y 3 del Articulo 6 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehiculo Automotor en relación con el Articulo 80 del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano EFRAIN ANTONIO GUAIQUIRIMA; de conformidad con el Articulo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese. Notifíquese a las partes. Cúmplase.....