Por las razones expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO, formulada por los ciudadanos, GABRIEL RAFAEL CERMEÑO CORDERO y MIGUELINA BERROA HERNANDEZ, plenamente identificados en autos; y en consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los Ciudadanos, GABRIEL RAFAEL CERMEÑO CORDERO y MIGUELINA BERROA HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de Identidad Nros V-l6.172.871 y E-84.489.675 respectivamente, en fecha 25 de Junio de Dos Mil Ocho (25-06-2008), por ante el Registro Civil del Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, quedando anotado en el Acta N° 237, Folios 208 al 210 de los libros llevados por ese Despacho para el año 2008.