Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Control, Audiencia y Medidas en Materia de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA POR APLICACION DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS DE LIBERTAD de conformidad con el articulo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal y 92 numeral 7 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, al imputado LUIS RAFAEL ESCOBAR UGAS, venezolano, titular de la cédula de identidad nº 10.378.356, de estado civil concubino, de profesión u oficio: investigador de violaciones de los derechos humanos, natural de Caracas, Distrito Capital, donde nació en fecha 24/11/1967, de 42 años de edad, residenciado en vía san diego el rincón, vivienda de Putucual, calle principal, casa Nº 02, entrada de barrio las piedras, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, .....