En consecuencia a lo antes expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, de conformidad con los artículos 312 y 315 del Código de Procedimiento Civil NIEGA OIR el Recurso de Casación anunciado por el abogado ALFREDO CABRERA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la Sentencia dictada por este Juzgado Superior en fecha 07 de marzo de 2012.-