Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley NIEGA la solicitud interpuesta por la Defensora de Confianza, Dra. LISBETH FIGUERA CUMANA, actuando en su condición de representante legal, en la causa seguida al hoy acusado NELSON JAVIER GONZALEZ, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE ROBO AGRAVADO, EN GRADO DE AUTOR MATERIAL, previstos y sancionados en los artículo 408, ordinal 1°, en relación con el artículo 460, ambos del Código Penal Venezolano Vigente; y en su lugar acuerda: DISMINUIR LAS UNIDADES TRIBUTARIAS fijadas de fijadas de Noventa y Cinco (95) Unidades Tributarias, a NOVENTA (90) Unidades Tributarias, estimándose que cada fiador deberán devengar un salario equivalente a DOS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 2.646.000,oo).....