Este Tribunal de Juicio Nro. 01 al respecto observa: Que de la revisión de las actas procesales que conforman la presente cause, se evidencia que en fecha 17 de Septiembre de 2001, les fue decretado por parte del Tribunal de Control correspondiente a los mencionados ciudadanos, Medida Cautelar Sustitutiva, consistentes en: Presentación cada Ocho (08) días por ante la oficina de Alguacilazgo de este Circuito; Y, así mismo, de la revisión a través del Sistema Computarizado Juris 2000, se desprende que los mencionados acusados han venido cumpliendo con el Régimen de Presentaciones desde la referida fecha, así como han asistidos a las convocatorias a los actos efectuadas por el Tribunal. Por lo que se acuerda Extender el Régimen de Presentaciones por ante la Oficina de Alguacilazgo, de cada Ocho (08) días a cada Quince (15) días. Líbrese Boleta de Notificación a los acusados. Líbrese Oficio a la Oficina de Alguacilazgo. Cúmplase