Interviene el Abogado EDAGR GUZMAN CENTENO, con inpreabogado bajo el número: 26.619, en su carácter de autos u expone: " Vista el ofrecimiento por parte del Representante Legal de la demandada; en nombre de mi representada que es la parte demandante, acepto y estoy conforme con el ofrecimiento hecho; la falta de cumplimiento de éste ofrecimiento me hará activar la MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, por lo que solicito al Tribunal de por cumplida su misión y regrese a su sede, es todo".