...En el presente caso, se evidencia de las actas procesales que integran el presente expediente, en esta causa se realizó el dia 25 de junio de 2012 para presentar la renuncia al poder que se les había otorgado para representar judicialmente al demandante, sin que conste en autos actuación posterior alguna capaz de dar impulso y desarrollo del proceso hacia su fin. Haciendo el cómputo del tiempo transcurrido desde el día de la ultima actuación de las partes hasta la presente fecha, es evidente que la paralización de la presente causa excede con creces el lapso de un (01) año a que se refiere la norma supra transcrita, por lo que resulta forzoso para esta juzgadora declarar como en efecto de declara en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, la PERENCION y por ende la EXTINCION DE LA INSTANCIA. Así se decide...