En Consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial de Estado Anzoátegui, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA, y en consecuencia extinguido el procedimiento; por cuanto consta de los autos que desde la ultima actuación de la parte actora en el presente expediente ( 3 de marzo de 2005 ), a la ultima actuación de la parte demandada ( 11 de junio de 2007 ) han transcurrido (02) años, tres (03) meses y ocho (08) días, de inactividad procesal, presupuesto de procedencia de tal declaratoria.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en El Tigre, a los DOS (02) días del mes de JULIO de dos mil siete (2007).
LA JUEZ TEMPORAL
Abg. LISBETH HARRIS GARCIA
LA .....